Imagen de una habitación de hotel.

La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado el archivo de una querella contra el administrador solidario de un hotel de Madrid al que familiares atribuían haber otorgado retribuciones indebidas a cargo de la sociedad a su mujer y a su hijo, así como compras, pagos y deudas injustificados.

El origen de la disputa se remonta al fallecimiento en 2019 de la administradora del hotel, madre del querellado y el querellante. Comienzan entonces los reproches entre familiares por la gestión del negocio, acabando en los Juzgados.

En octubre de 2020, los propietarios se reunieron en junta general con el objetivo de aprobar las cuentas anuales de 2019 y exponer la solicitud de concurso de acreedores del negocio. Pero esto desencadenó más tensión y una querella contra el administrador.

¿DINERO DESVIADO?

Según consta en la querella, en base a lo expresado en el Balance de Situación, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, y el Libro Mayor la mujer y el hijo del administrador habrían recibido rendimientos de trabajo que no les corresponderían por un importe que supera los 65.000 euros.

Además, consta que el administrador habría percibido de la sociedad 31.500 euros, cuando «la Sociedad no ha autorizado la percepción de ninguna retribución por su condición de Administrador».

A la cantidad antes expuesta se deberían de sumar 28.610 euros en compras en supermercados o tiendas de complementos que no se justifican para el querellante, puesto que el hotel no ofrecía servicio de restaurante y desayuno.

Hall de un hotel
Imagen de un hotel.

También refiere una deuda «sin que se especifique con que socio» por valor de 668.600 euros, y la ausencia de cobros en metálico en la recepción del negocio, cuantificando los querellantes esa cantidad en 73.000 euros. Argumentos que les han llevado a solicitar una compensación de un millón de euros.

ARCHIVO DE LA CAUSA

El abogado de los supuestos defraudadores, acusó al querellante de no justificar adecuadamente la demanda y la petición del millón de euros. En su escrito de defensa, sostiene este letrado que sus representados no se han apropiado ilícitamente de ninguna cantidad, no han administrado incorrectamente la sociedad mercantil ni han cometido ningún hecho delictivo«.

Carga contra los familiares que presentaron la demanda alegando «un ánimo espurio derivado de la absoluta falta de interés por parte de los querellados en involucrarse en el negocio familiar, así como por estar disconformes y molestos con el testamento de la fallecida«.

Tras demostrar mediante la vida laboral y contratos que la mujer del administrador trabajaba como administrativa desde el año 1990, y su hijo como recepcionista, lo que justificaría los ingresos procedentes de la mercantil a esas personas, recordó que los gastos estaban siendo empleados para el correcto funcionamiento del hotel.

Los magistrados de la Audiencia Provincial de Madrid apreciaron «falta de los necesarios indicios de la perpetración de delito» por lo que se debe conducir al sobreseimiento de la causa, dado que «se estima acertada la resolución de instrucción, que debe ser confirmada, desestimando el recurso de apelación interpuesto contra ella».