La Audiencia Nacional ha condenado a Francisco Granados, ex secretario general del PP de Madrid y ex ‘número dos’ de la expresidenta de la Comunidad de Madrid Esperanza Aguirre, a dos años y seis meses de prisión por las irregularidades en contratos adjudicados a la empresa Waiter Music para la organización de fiestas populares en varios municipios madrileños, en el marco del ‘caso Púnica’.
La Sala de lo Penal le impone esa pena por un delito continuado de fraude. Además, le condena por un delito continuado de prevaricación a ocho años y seis meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público.

La resolución indica que la intervención de Granados «no se articula como gestor directo del expediente administrativo, sino como elemento impulsor y facilitador del sistema desde una posición de poder político e influencia determinante».
Asimismo, sostiene que Granados «mantuvo una capacidad de influencia continuada sobre los órganos decisores, aun sin ostentar formalmente competencia administrativa directa, y se benefició de la relación mediante la recepción sistemática de prestaciones en especie no retribuidas, consistentes en eventos privados sufragados por el empresario» José Luis Huertas.

La sentencia añade que «la propia dinámica de los hechos evidencia que la adjudicación de contratos en su ámbito de influencia se producía en un contexto en el que la relación personal y política facilitaba la obtención de decisiones favorables, en conexión con la obtención de beneficios económicos indirectos para el empresario, pero sin una influencia directa».
Alcaldes juzgados
La resolución corresponde a una pieza separada del ‘caso Púnica’, en la que fueron juzgadas 14 personas, entre ellas alcaldes y técnicos, por contratos adjudicados entre 2007 y 2014 por la Comunidad de Madrid y diversos ayuntamientos de la región a favor de Waiter Music, empresa propiedad de José Luis Huertas, fallecido antes de la celebración del juicio.
La Audiencia Nacional considera que «tal relación comercial fue posible debido a que los diferentes expedientes administrativos, cuando los había, estaban predeterminados para que fuesen adjudicados, bien a Waiter Music o bien a empresas controladas directa o indirectamente» por Huertas.

Según la sentencia, la empresa «realizaba los festejos de conformidad» y «proporcionaba unos servicios extras a requerimiento de los políticos, bien en extras decididos en el momento de las fiestas, bien prestando servicios privados para actos del PP municipal, bien para alguno de sus miembros que no eran nunca facturados».
Además, recoge que «Huertas realizaba tales encargos para seguir contando con el favor de los diferentes políticos municipales en la adjudicación de festejos, asumiendo el coste de algunos directamente y, en otros casos, presentando facturas por un importe mayor al propio del beneficio mercantil del coste de los actos».
Absueltos los exalcaldes de Móstoles Esteban Parro y Daniel Ortiz
La resolución describe contratos relacionados con la organización de fiestas patronales, carnavales y cabalgatas de Reyes en distintos municipios madrileños entre 2007 y los años posteriores. También señala que Waiter Music prestó servicios para el Ayuntamiento de Valdemoro entre 2004 y 2013 y para los municipios de Móstoles, San Martín de la Vega, Algete, Chinchón, Ciempozuelos, Torrejón de Velasco y Moraleja de Enmedio entre 2007 y 2011.
Además de Granados, la Audiencia Nacional condena a dos años de prisión por un delito continuado de fraude a los exalcaldes de Valdemoro José Carlos Boza y José Miguel Moreno, a la exalcaldesa de Ciempozuelos María Ángeles Herrera y al exalcalde de Moraleja de Enmedio Carlos Alberto Estrada.

La sentencia absuelve a los exalcaldes de Móstoles Esteban Parro y Daniel Ortiz, así como a otros dos acusados. También condena al exsenador del PP David Erguido a dos años de prisión por un delito continuado de fraude.
Durante el juicio, la Fiscalía solicitó para los acusados penas de entre dos y seis años de prisión por presuntos delitos de prevaricación administrativa, fraude en la contratación, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos y falsedad en documento mercantil.
