El auto del juez asegura que “no se ha determinado en ningún momento que los cambios de conducta del menor vengan originados a raíz de su estancia en el CEEP Ramón y Cajal”

GETAFE/ 30 DE DICIEMBRE DE 2019/ El Juzgado de Instrucción y de Primera Instancia de Getafe ha dictado un auto de sobreseimiento de un caso de malos tratos a un niño de 8 años con trastorno del espectro autista en el Colegio de Educación Especial Ramón y Cajal de la ciudad.

Los padres del niño habían denunciado a tres trabajadoras del centro por unos presuntos delitos de acoso, degradación y lesiones psicológicas que no han quedado suficientemente probados, según el auto del magistrado adelantado este lunes por el diario Abc.

La familia denunció los hechos en enero de 2018 en base a las conversaciones grabadas durante varios días del mes de noviembre de 2017 y en las que se recogían comentarios como “que te aguante tu tía”, “echarle agua por encima” o “pincharle en el culo” que tres profesoras del centro habrían dirigido al niño.

La familia del menor logró estas grabaciones con un dispositivo que ocultaron entre la ropa del niño, que habría sufrido un “cambio brusco” en el comportamiento del niño tras su ingreso en el CEEP Ramón y Cajal en octubre de 2017, según la versión de sus padres.

Según se recoge en el auto, fechado el pasado 19 de diciembre y al que ha tenido acceso Noticias Para Municipios, los padres del niño habrían detectado entonces “trastornos de conducta con cambios impulsivos y violentos”, así como “crisis de angustia” en el menor.

“Al ser medicado, mejoró”

Sin embargo, el texto del magistrado asegura que de la declaración de los profesionales médicos que atendieron al niño y de los informes médicos del mismo “no es posible extraer que las alteraciones en su comportamiento fueran debidas a su paso por el aula del CEE Ramón y Cajal”.

Los trabajadores del colegio Ramón y Cajal expresaron su malestar con carteles el pasado mes de abril. Foto/ Alex Castellano

Esas alteraciones se habrían producido por “el trastorno del espectro autista que padece el menor”, exponiendo como “prueba de ello” que, “al ser medicado mejoró notablemente su comportamiento, como ha quedado puesto de manifiesto”.

En relación a las conversaciones grabadas y difundidas por los padres, el auto asegura que, en función de la declaración de los profesionales que atendieron al menor, “no se ha determinado en ningún momento que los cambios de conducta del menor vengan originados a raíz de su estancia en el CEEP Ramón y Cajal” y que “el contenido de las grabaciones no sugiere que las conversaciones y expresiones utilizadas hayan agravado el trastorno del espectro autista que padece el menor”.

Tanto la Fiscalía como la defensa de las tres personas imputadas habían solicitado el sobreseimiento de la causa.

Valoración de la Consejería de Educación

Por su parte, fuentes de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid han explicado que la institución ha colaborado y aportado toda la documentación que solicitó el juzgado y han recordado que, tras conocer la denuncia, se abrió un expediente de información reservada del que “no se despendió trato degradante hacia el menor” y del que no derivó ningún tipo de responsabilidad disciplinaria.

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