La reciente resolución del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha marcado un antes y un después en la respuesta judicial frente a los delitos sexuales cometidos contra menores.

La Sala Civil y Penal, en su sección de apelaciones, ha confirmado íntegramente la condena de 57 años de prisión impuesta a un hombre por una cadena de delitos cometidos durante años contra dos primas menores de edad.

Sentencia pionera abusos sexuales infancia
Fachada de la sede del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).

Junto a la pena de cárcel, la Sala ha confirmado también la cuantía de las indemnizaciones de 400.000 euros para una de las víctimas y 80.000 euros para la otra. Una cifra que, según el propio tribunal, es tan excepcional como, necesaria.

Sentencia desproporcionada para el acusado

El condenado recurrió las indemnizaciones, alegando que eran desproporcionadas. Sin embargo, la sección de apelaciones del TSJ de Cataluña no solo las ha confirmado, sino que las juezas que componen el Tribunal han dedicado parte de su resolución a reflexionar sobre la dificultad y la obligación de cuantificar el daño causado a menores víctimas de delitos sexuales.

En su texto, las magistradas plantean preguntas que interpelan directamente al sistema judicial y a la sociedad. Entre otras, si «debe indemnizarse igual una agresión sexual con violencia que sin ella? ¿Es comparable el daño sufrido por un menor de 6 años con el de uno de 15».

También, si «debe valorarse de la misma forma un abuso con o sin penetración«. O, «¿cómo se mide el impacto cuando los hechos se prolongan durante meses, años o incluso una década?». La reflexión finaliza con el planteamiento de si «¿puede considerarse igual el daño moral en todos los supuestos, sin individualización? ¿Deben los daños psicológicos tener una indemnización diferenciada?».

Cuantificar daños en la edad adulta

El tribunal subraya que, ante hechos de tal gravedad, la propia naturaleza del delito permite inferir la magnitud del daño moral, independientemente del momento en que se aporte un informe pericial.

Sobre este particular, en la justificación de la sentencia añaden la siguiente reflexión fuerza. “Difícilmente podemos cuantificar el daño que el acusado hizo a X. y X., especialmente a la primera, que fue introducida en el escabroso mundo de la prostitución a edad muy temprana. ¿Cómo se valora o cuantifica que dos menores vean frustrada su infancia? ¿Cómo se cuantifica la repercusión que necesariamente dichos hechos tendrán en su vida adulta?”

A este respecto, la sentencia también denuncia una paradoja habitual. Y es que en la jurisdicción penal, donde se juzgan hechos dolosos de enorme impacto emocional y vital, las indemnizaciones suelen ser más bajas que en la civil, pese a que el sufrimiento causado es incalculable.

Por su parte, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha destacado el carácter pionero de esta resolución, especialmente por la cuantía reconocida a la víctima que fue prostituida siendo menor.

Años de abusos continuados

La historia judicial comenzó en mayo de 2025. Entonces, la sección 21 de la Audiencia de Barcelona dictó una sentencia demoledora y un veredicto de culpabilidad por abusos sexuales continuados con penetración sobre menores de 13 años.

Sentencia pionera abusos sexuales menores

Además, incluía en la sentencia penas por captación y utilización de menores para la elaboración de material pornográfico, inducción a la prostitución de una menor y pornografía infantil.

Los hechos, probados con contundencia, revelaron un patrón de abuso sostenido en el tiempo, ejecutado en el entorno familiar y aprovechando la vulnerabilidad absoluta de las niñas.

Según la sentencia ahora ratificada, los abusos hacia una de las menores comenzaron cuando ella tenía entre 6 y 7 años, en la casa de los abuelos. Lo que empezó como tocamientos evolucionó, con el paso del tiempo, hacia actos de mayor gravedad, prolongándose durante años.

Coacción y prostitución

El tribunal detalla cómo el hombre utilizó fotografías tomadas por él mismo para coaccionarla, primero, y, a partir de 2015, ofrecerla como prostituta mediante anuncios en línea. Gestionaba citas, fingía ser la menor en los mensajes y organizaba encuentros en habitaciones de alquiler en Barcelona y Sabadell. Ya por entonces, la niña tenía 12 años.

La segunda víctima, también prima del condenado, sufrió abusos entre 2014 y 2016, igualmente cuando tenía entre 6 y 7 años. El agresor utilizaba regalos y promesas para ganarse su confianza y someterla a actos de carácter sexual. A ello se sumó el hallazgo de miles de fotografías y vídeos de contenido sexual infantil descargados de internet, que reforzaron la gravedad del caso.