Gobierno y sindicatos pactan la regularización del cobro de antigüedad en las nóminas municipales
El alcalde y los sindicatos acuerdan regularizar el complemento de antigüedad y las ausencias de días para suprimir desigualdades.
PARLA / 22 OCTUBRE 2015 / El alcalde de Parla, el ‘popular’ Luis Martínez Hervás, ha firmado un convenio con las secciones sindicales del Ayuntamiento (CSI-CSIF, CGT, UGT y CCOO) para que los trabajadores de la ‘casa’, tanto funcionarios como personal laboral, reciban el complemento de antigüedad.
Esta medida supone eliminar las desigualdades que existían hasta el momento en cuanto a las retribuciones, puesto que la “situación caótica” generada reconocía a algunos trabajadores los años prestados en otras Administraciones, mientras que a otros les excluía de esta posibilidad.
Con esta medida, el Ejecutivo local ha regularizado un complemento que “no estaba recogido hasta el momento en ninguna disposición legal o reglamentaria, ni en el convenio colectivo, ni en sus contratos”.
El Ejecutivo se ha basado en una sentencia del Tribunal Supremo de 22 de mayo de 2009, que admitía que “modificar, suprimir o ampliar el complemento de la antigüedad del personal laboral es una materia objeto de negociación con los representantes de los trabajadores y debe ser aprobada en última instancia por el órgano competente, la Junta de Gobierno Local”.
De esta manera, “el reconocimiento de la antigüedad será de aplicación a todo el personal laboral del Ayuntamiento, incluyendo a aquellos cuya vinculación con la administración sea de carácter temporal”, ha señalado Hervás.
EN VIGOR EL 1 DE ENERO
El acuerdo entrará en vigor el 1 de enero de 2016, previa solicitud correspondiente por cada trabajador.
Según fuentes municipales, los trienios se devengarán a partir del primer día del mes en que se cumplan tres o múltiplo de tres años prestados tanto en el Ayuntamiento como en otras Administraciones.
DIAS DE ENFERMEDAD
Un segundo acuerdo entre los firmantes apela al hecho de que el personal laboral tendrá las mismas ventajas que el funcionariado en cuanto al número de días de ausencia al trabajo por enfermedad o accidente.
Según este acuerdo, el descuento por enfermedad o accidente no se aplicará cuando el número de días de ausencia en el año natural no supere la cantidad que se establezca para el personal al servicio de la Administración del Estado y con los requisitos y condiciones determinados para éstos.

