La Junta Electoral de Zona de Madrid ha resuelto dos reclamaciones presentadas por el PP de Getafe que afectan, por un lado, a contenidos difundidos por el Ayuntamiento y, por otro, a una campaña publicitaria de Podemos instalada en un autobús urbano.
En el primer caso, la Junta considera que determinados contenidos publicados en la web y las redes sociales municipales suponían una presentación de logros de la gestión durante el periodo electoral, algo que entra en conflicto con el artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.
Sin embargo, el expediente ha sido archivado porque el propio Ayuntamiento había retirado previamente las publicaciones y la Junta comprobó que ya no se encontraban disponibles.
Los contenidos municipales ya habían sido retirados
La reclamación del PP se dirigía contra el Ayuntamiento de Getafe, la alcaldesa Sara Hernández y su equipo de Gobierno por la publicación en los canales institucionales de contenidos relacionados con la gestión municipal.
Durante el trámite de alegaciones, el Ayuntamiento comunicó que había procedido a su retirada voluntaria y solicitó que se desestimara la reclamación.
La Junta Electoral considera que la campaña denunciada suponía una presentación de logros durante el periodo electoral y señala que este tipo de contenidos deben retirarse de los medios públicos.
No obstante, tras comprobar que ya se habían eliminado, acuerda archivar la reclamación.
No se abre expediente sancionador, aunque la Junta advierte de que una reiteración de este tipo de conductas podría dar lugar a su incoación.
Podemos deberá retirar «No giremos a la derecha»
La segunda resolución afecta a Podemos y a su candidata a la Alcaldía de Getafe, Alba Leo, por una campaña instalada en la parte trasera de un autobús municipal con el lema «No giremos a la derecha».
El PP denunció la publicidad al considerar que vulneraba la prohibición de realizar propaganda electoral desde la convocatoria de las elecciones y hasta el comienzo oficial de la campaña.
Podemos defendió que la campaña había sido contratada antes de la convocatoria electoral y que el mensaje no hacía referencia directa a las elecciones generales.
La Junta Electoral no acepta este argumento. Aunque reconoce que el lema no contiene una petición expresa del voto, considera que la expresión supone indirectamente una llamada a no apoyar a otras formaciones políticas y, por tanto, constituye propaganda electoral.
Retirada inmediata del anuncio
En este caso, la Junta estima la reclamación del PP y requiere la retirada inmediata de la publicidad de Podemos.
La resolución recuerda que, aunque una campaña haya comenzado antes de la convocatoria electoral, debe retirarse si entra dentro de las limitaciones establecidas para este periodo.
Tampoco se abre por ahora expediente sancionador contra Podemos, aunque la Junta vuelve a advertir de que una reiteración podría provocar su apertura.
