El TSJM admite un recurso de los vecinos contra la ordenanza de gasolineras
El TSJM pide el expediente administrativo completo al Ayuntamiento para estudiar su posible suspensión, como reclama la Federación de Asociaciones
LEGANÉS / 27 OCTUBRE 2015 / La ordenanza reguladora para la Instalación de Estaciones de Repostaje de Leganés, cuya aprobación la pasada Legislatura requirió más de un año de negociaciones y la creación de una comisión técnica, podría tener los días contados.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha admitido a trámite el recurso interpuesto contra esta normativa por dos entidades: la Federación Local de Asociaciones de Vecinos y la asociación ‘Ciudadanos por el cambio’.
Ambas recurrieron la normativa local después de que el Gobierno de la pasada Legislatura, el PP, rechazase las alegaciones presentadas. En todo caso, el futuro de la ordenanza podría difuminarse si la Sala Segunda de lo Contencioso Administrativo del TSJM atiende a las peticiones de los recurrentes: suspender cautelarmente la norma y abrir una mesa de diálogo donde se sienten las asociaciones.
De momento, el TSJM estudiará el caso y ya ha requerido al Ayuntamiento que remita el “expediente administrativo completo” en menos de veinte días.
INICIO COMPLICADO
La ordenanza ha tenido un camino tortuoso desde su nacimiento. La iniciativa llegó de manos del PP, que consideró que la normativa local chocaba con la estatal, por lo que decidió poner en consonancia ambos marcos jurídicos a través de una comisión técnica que elaborase una normativa municipal común.
Se acordó no conceder licencias para gasolineras durante un año, lo que supuso demandas por parte de empresas privadas, pero finalmente la normativa vio la luz. Esta ordenanza fue noticia a primeros de año principalmente por limitar las distancias de estas estaciones de servicio a las viviendas (50 metros) y equipamientos (100 metros), englobándose aquí hospitales, colegios o centros de salud, así como zonas verdes.
Durante el debate Plenario, hubo acuerdo de los Grupos para que prosperase, pero quedaron fuera las alegaciones vecinales. Y estas entidades recurrieron finalmente al TSJM.
Los motivos que exponen los representantes vecinales es que esta normativa “vulnera” presumiblemente el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) y que “atiende tan solo a los intereses de las compañías petroleras y de los que pretenden hacer negocio a costa de los intereses y de la calidad de vida de los ciudadanos”.
