Considera, además, que no está obligado a prestar declaración en la comisión que investiga sus percepciones salariales porque esto sólo vincula a concejales con funciones delegadas o competencias municipales
LEGANÉS / 20 FEBRERO 2019 / El partido independiente Unión por Leganés (ULEG) remitió ayer, día en que estaba citado a declarar el edil Antonio Almagro en la comisión que investiga sus percepciones salariales, una petición para que quedara suspendida esta comparecencia porque la convocatoria no habría respetado los plazos que marca el Reglamento Orgánico Municipal (ROM).
En un escrito remitido a la Secretaría municipal y a Alcaldía, el portavoz de ULEG, Carlos Delgado, alega que la citación se debería haber producido con diez días de antelación para que el afectado pudiera “prepararla”. La convocatoria, según los independientes, se realizó con sólo cinco días de antelación (de ellos, tres hábiles).
La comisión, a la que no acudió ayer Almagro pese a estar citado a declarar, investiga si se produjo alguna irregularidad en el exceso de cotizaciones del edil en la Seguridad Social al compatibilizar una jornada parcial en el Ayuntamiento leganense con una completa en una empresa privada .
Conclusiones
Además, Unión por Leganés considera que otro motivo para dejar sin efecto la convocatoria estaría en el hecho de que la Comisión ya presentó unas conclusiones que “excluían” a su edil “de haber cometido irregularidad alguna”, además de que no existe “expediente administrativo alguno de ningún tipo” contra él.

Por último, el partido ha recordado que la comparecencia vulneraría el artículo 105.1 del ROM, ya que alude a un “edil que no tiene responsabilidad o competencia municipal propia o delegada”.
Según ULEG, al no tratarse de un concejal de Gobierno y no tener responsabilidad alguna en la gestión del Ayuntamiento “no puede comparecer ante asuntos de sus competencia puesto que no tiene atribuciones”.
“Las comparecencias para informar sobre cuestiones personales, privadas o ajenas a la gestión municipal -agrega la formación- no tienen cabida en el ordenamiento jurídico local”.
Por ello, solicita la suspensión, ya que podría estar “incurriéndose en responsabilidad jurídica, incluso penal, como el delito de prevaricación, al estar dictándose resoluciones a sabiendas de su injusticia”.
