La gasolinera de la avenida de Fuenlabrada.

Recuenco mantiene que sólo se ha anulado una pequeña parte de los 35 artículos de la normativa

LEGANÉS / 7 JUNIO 2017 / El portavoz del PP de Leganés, Miguel Ángel Recuenco, ha recordado hoy que la Ordenanza Municipal de Repostaje de Vehículos sigue “siendo aplicable” pese a que a Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado varios artículos de esta normativa, entre ellos, los vinculados a distancias y ubicaciones de las estaciones de servicio.

Recuenco, que cuando se tramitó la ordenanza era concejal de Urbanismo la pasada Legislatura, ha señalado que el objetivo de esta normativa era “aclarar” las “contradicciones” que, a su entender, planteaban la normativa estatal y el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) en lo referente a la instalación de gasolineras en el municipio.

En todo caso, ha recordado que sólo se han anulado cinco de los 35 artículos (del 15 al 20 y 21.2), por lo que el grueso de la ordenanza sigue teniendo vigencia, en aspectos cruciales -a su entender- como que cualquier implantación lleve aparejado un “estudio de regulación del tráfico y seguridad” para ver cómo afectaría la nueva infraestructura a la zona donde se levante.

Anulación

La sentencia del TSJM, fechada el pasado 15 de febrero, declara la nulidad de los artículos 15 a 20 y 21.2, así como el inciso del artículo 26.1, que establece que “en las estaciones de servicio deberá reservarse un espacio para aparcamiento de vehículos de una plaza por cada 50 metros cuadrados de superficie de la parcela ocupada por la instalación”.

El Tribunal desestima, con ello, el argumento del Ayuntamiento de que esta ordenanza “complementa aspectos meramente accesorios” y determina, por el contrario, que “incide y determina, frontalmente, las futuras ubicaciones de las estaciones de servicio” por encima del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU).

“Por tanto -concluye el TSJM-, dichos preceptos (artículos 15 a 20 y 21.2) vulneran, frontalmente, la reserva que en favor del PGOU se ha establecido para la determinación y ubicación de las estaciones de servicio en el término municipal de Leganés, por lo que incurren en vicio de nulidad de pleno derecho”.

Corresponsal de Noticias para Municipios, Europa Press en la zona Sur de Madrid