El alcalde insiste en la solicitud de “una limitación de entradas y salidas de toda la ciudad, no solo de una zona”

COSLADA/ 12 OCTUBRE 2020/ Desde las 00:00 horas de hoy lunes se mantiene operativa la restricción perimetral de la Zona Básica de Salud de Valleaguado de Coslada, fijada en la Orden 1322/2020 publicada el sábado, 10 de octubre, en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

La misma conlleva la necesidad de la adopción de una serie de medidas preparadas por el cuerpo de Policía Local de Coslada y para su puesta en marcha, en caso de ser necesario, contará con los voluntarios y voluntarias de la Agrupación de Protección Civil de la localidad. Por su parte, los agentes de Policía Nacional se encargan del control perimetral de los accesos y salidas de Madrid capital.

Cabe recordar que la adopción de estas acciones se produce en el ámbito de tratar de frenar los contagios por Covid-19 en las áreas correspondiente. En este sentido, el alcalde, Ángel Viveros, ha agradecido “el trabajo de las y los agentes de Policía Local y voluntarios de Protección Civil”. 

Solicitud de tomar medidas en todo el municipio

El alcalde cosladeño, Ángel Viveros, ha asegurado que “desde el Ayuntamiento de Coslada y desde el equipo de Gobierno garantizamos nuestra total colaboración a la hora de hacer cumplir la orden de la Comunidad de Madrid”. El regidor ha informado de que lo anterior no significa que “no compartamos totalmente la medida, puesto que seguimos pidiendo, mientras Coslada presente el nivel actual de incidencia de contagios, un control de accesos y salidas de toda la ciudad, no solo de una zona”.

Limitación perimetral de movimientos en la Zona Básica de Salud de Valleaguado

Dicho operativo presenta como principal objetivo el de “prevenir y erradicar en lo posible la comisión de infracciones” de la limitación perimetral de movimientos en la Zona Básica de Salud de Valleaguado. Para ello, por parte de Policía Local durante las 24 horas del día de las próximas 14 jornadas (duración prevista de esta medida regional, aunque con posibilidad de prórroga), se procederá a la vigilancia y control de “vehículos y personas en la citada zona, con el propósito de “prevenir la comisión de posibles infracciones”. En su caso, las y los agentes participantes en el dispositivo, podrán denunciar a los posibles infractores.

Hay que aclarar que la Orden 1322/2020 de la Comunidad de Madrid establece un periodo informativo no sancionador, a la espera de que sea validada por la autoridad judicial competente.

“Salir de casa lo menos posible”

El Plan Operativo que se ha iniciado en las últimas horas en Coslada circunscribe su ámbito de aplicación a la citada Zona Básica de Salud de Valleaguado. Estos significa que las y los vecinos tendrán la movilidad limitada, salvo en los desplazamientos debidamente justificados, fuera de dicho área.

Al margen de lo anterior, una vez más, desde el Equipo de Gobierno municipal vuelve a insistirse en la necesidad de salir de casa en toda la ciudad lo menos posible y, en caso de hacerlo, limitar los contactos a las personas convivientes.

Controles aleatorios en paradas de autobuses interurbanos, taxis y acceso a estaciones de Cercanías y Metro

El operativo de control, en el interior de la zona afectada, se encarga de informar a la población acerca de las medidas preventivas de cumplimiento de la limitación perimetral. Asimismo, Policía Local lleva a cabo la comprobación y, en su caso, elevan propuesta para sanción, en los supuestos de incumplimiento de las medidas establecidas.

Se realizan controles aleatorios en paradas de autobuses interurbanos, taxis y acceso a estaciones de Cercanías y Metro con el fin de velar por el cumplimiento de las medidas restrictivas de movilidad hacia el exterior/interior del área sanitaria de Valleaguado.

Del mismo modo, se comprueba que las personas que salgan o entren del área sanitaria de Valleaguado lleven consigo la documentación que justifique el desplazamiento.

Vigilancia en zonas de ocio

El operativo incluye una especial vigilancia en las zonas habituales de ocio y recreo. Por lo que respecta al límite perimetral, desde la pasada medianoche se efectúan controles aleatorios en las vías de circulación que permitan el acceso y salida del área sanitaria de Valleaguado a los que se unen también, entre otras acciones, controles a peatones en vías cerradas al tráfico rodado o peatonales.

Calles afectadas

En el caso concreto de las entradas y salidas de la Zona Básica de Salud de Valleaguado, ya se está procediendo a la fiscalización, con dotaciones policiales, de la salida y entrada de vehículos. Dichos controles se sitúan estratégicamente en diferentes puntos de las principales vías de acceso y comprenderá el perímetro establecido por la Orden de la Comunidad de Madrid y, a su vez, las siguientes vías (algunas afectadas totalmente por la limitación de movilidad, otras solo en parte, tal y como se puede ver en el plano adjunto):

  • Avenida de San Pablo (Barrio de la Estación).
  • Ingeniero Fernández Casado
  • Díaz del Castillo
  • Avenida de la Cañada
  • Calle Miralsol
  • Calle Tajo
  • Calle Honduras
  • Calle Chile
  • Calle México
  • Avenida Príncipes de España
  • Avenida de José Gárate
  • Avenida de la Constitución
  • Avenida de la Industria
  • Calle Rioja
  • Calle Virgen de la Cabeza
  • Glorieta Primero de Mayo
  • C.I.T.I. y Ampliacion C.I.T.I
  • Calle Senda Galiana

Restricciones

Se restringe la entrada y salida de personas, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los siguientes motivos:

a) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

b) Cumplimiento de obligaciones

c) Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.

d) Retorno al lugar de residencia habitual.

e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

f) Para desplazarse a entidades financieras y de seguros.

g) Para realizar actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.

h) Para realizar renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.

i) Para realizar exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

j) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

k) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

Se permite la circulación de personas residentes dentro de las zonas básicas de salud afectadas, siempre respetando las medidas de protección individual y colectiva establecidas por las autoridades sanitarias competentes, si bien se desaconseja a la población los desplazamientos y realización de actividades no imprescindibles.

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