Pleno de Alcorcón

Una vez entre en vigor, el alcalde, como presidente del Pleno, solo podrá intervenir una vez finalicen las intervenciones de todos los grupos en cada turno

ALCORCÓN/ 15 FEBRERO 2017/ El Boletín oficial de la Comunidad de Madrid ha publicado este miércoles la entrada en periodo de reclamaciones por el plazo de un mes de la modificación del Reglamento Orgánico Municipal (ordenación de las sesiones plenarias y dirección de los debates).

El expediente, aprobado inicialmente en el Pleno del pasado 21 de diciembre por los grupos de la oposición con el voto en contra del PP, podrá ser examinado en las dependencias de la Secretaría General del Pleno, y de no presentarse ninguna reclamación, el acuerdo se entenderá definitivamente adoptado.

La modificación del Reglamento Orgánico Municipal relativa a la ordenación de las sesiones plenarias y la dirección de los debates establece que los acuerdos adoptados por la Junta de Portavoces sobre ordenación de las sesiones tendrán ahora carácter vinculante.

Además, corresponde al presidente del Pleno, el alcalde, dirigir los debates y mantener el orden de los mismos, pero solo podrá intervenir una vez finalicen las intervenciones de todos los grupos en cada turno, para hacer las aclaraciones que estime oportunas sobre el fondo de los asuntos.