El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha avanzado que aplicará a partir de este lunes medidas adicionales de refuerzo para prevenir la propagación del virus de la influenza aviar, ante la constatación esta semana de un aumento del riesgo por la proliferación de casos en Europa -sobre todo en aves silvestres-, los movimientos migratorios y el descenso de las temperaturas.
En concreto, entre las medidas figura el confinamiento de las aves de corral en aquellas zonas consideradas de especial riesgo y vigilancia, un total de 1.199 municipios, que se localizan en Andalucía (197), Aragón (128), Canarias (1), Cantabria (31) y Castilla y León.
También en (250), Castilla-La Mancha (18), Cataluña (224), Comunidad de Madrid (16), Comunidad Valenciana (138) y Extremadura (99). Además, hay localidades en Galicia (40), Islas Baleares (14), La Rioja (6), Navarra (12), País Vasco (6), Principado de Asturias (8), Región de Murcia (11), Ceuta y Melilla.
Madrid capital y otros municipios
La Comunidad de Madrid incluyó recientemente al término municipal de Madrid en el listado de zonas sobre las que rigen medidas específicas de protección. Todo ello tras detectar un nuevo foco tras un caso en un pavo real del parque del Retiro.

Este nuevo foco en aves silvestres se sumó a los de Alcobendas en septiembre, y a los de Móstoles, Alcorcón, Leganés y Fuenlabrada también en octubre. En ese mismo mes la Comunidad también tuvo constancia de un foco en una explotación avícola de Valdemoro y otros dos en aves cautivas en Torrejón de Velasco y Ciempozuelos, según refleja el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).
El Departamento que lidera Luis Planas, de acuerdo con las comunidades autónomas, ha activado así la totalidad de las medidas de protección frente a la influenza aviar que contempla la Orden APA/2442/2006, de 27 de julio.
Zonas de riesgo
Unas prohibiciones y obligaciones en las zonas de especial riesgo y de especial vigilancia que incluyen la prohibición de utilizar pájaros de los órdenes anseriformes y charadriformes como señuelo o la de criar patos y gansos con otras aves de corral.

También se prohíbe criar aves de corral al aire libre. No obstante, Agricultura ha precisado que cuando esto no sea posible, la autoridad competente podrá autorizar el mantenimiento de aves de corral al aire libre. Para ello, se colocarán telas pajareras o cualquier otro dispositivo que impida la entrada de aves silvestres.
En este caso, las aves tendrán que alimentarse en el interior de las instalaciones o en un refugio que impida la llegada de aves silvestres. Se trata de evitar el contacto de éstas con los alimentos y el agua destinados a las de corral.
Prohibido dar agua
Por otro lado, también queda prohibido dar agua a las aves de corral procedente de depósitos a los que puedan acceder aves silvestres. La excepción: que sea tratada a fin de garantizar la inactivación de posibles virus de influenza aviar.

Así, los depósitos de agua situados en el exterior quedarán protegidos suficientemente contra las aves acuáticas silvestres.
También queda prohibida la presencia de aves de corral u otro tipo de aves cautivas en los centros de concentración de animales. Se incluyen los certámenes los certámenes ganaderos, muestras, exhibiciones y celebraciones culturales, así como cualquier concentración de aves de corral u otro tipo de aves cautivas.
