Acceder de forma indebida a la Zona de Bajas Emisiones (ZBEDEP) de Plaza Elíptica será sancionado por el Ayuntamiento de Madrid a partir de este martes, puesto que a las 23:59 horas de este lunes finaliza el periodo de aviso a los conductores que accedan indebidamente.
Para mejorar la calidad del aire de este enclave, el Ayuntamiento de Madrid creó, a través de la estrategia de sostenibilidad ambiental Madrid 360, la ZBEDEP Plaza Elíptica. Según los estudios municipales, su aplicación supondrá una reducción del tráfico del 18%, llegando a eliminar 1.472 vehículos en hora punta de la mañana.
Esta zona de Plaza Elíptica entró en vigor el pasado 22 de diciembre y ha funcionado durante dos meses en fase de aviso. La media de accesos diarios se sitúa en 108.200 vehículos. Hasta el 2 de febrero se han remitido 125.740 cartas informativas a los infractores en las que se les han especificado las razones que han motivado la regulación de la ZBEDEP, la fecha prevista para su efectiva operatividad y la cuantía a la que habría ascendido la sanción.
La entrada no permitida constituye una infracción leve de tráfico conforme a lo dispuesto en los artículos 18 y 75.c) y puede ser sancionada con 90 euros, 45 euros si es por pronto pago, conforme a los artículos 80.1 y 81 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
El área de Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid ha puesto en marcha a partir de este lunes vídeo didáctico para que los ciudadanos puedan conocer cómo circular por las zonas de bajas emisiones (ZBE) de la ciudad.
El vídeo comienza detallando el funcionamiento de Madrid ZBE, que restringe el acceso a los turismos con clasificación ambiental A (diésel matriculados antes del año 2006 o gasolina matriculados antes del año 2000) de manera progresiva desde el 1 de enero de 2022 y hasta el 1 de enero de 2025.
El Consistorio recuerda a través de este contenido audiovisual que los turismos que a fecha 1 de enero de 2022 no cumplan los requisitos de encontrarse domiciliados en la ciudad de Madrid en el Registro de Vehículos y figurar de alta en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid tienen limitaciones.
Desde el 1 de enero de 2022 queda prohibido el acceso y circulación de los turismos A por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30.
Un año más tarde queda prohibido su acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, incluyendo la propia M-30. Desde el 1 de enero de 2024 queda prohibido su acceso y circulación por todas las vías públicas y urbanas del municipio de Madrid.
Desde el 1 de enero de 2025 se extiende esta prohibición también a todos los turismos A que estén domiciliados en Madrid y dados de alta en el padrón del IVTM del Ayuntamiento de Madrid. Tampoco podrán acceder ni circular por la capital los vehículos A que no sean turismos (camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores), que hasta el 31 de diciembre de 2024 no tenían restricciones.
Este vídeo repasa los criterios generales de acceso en las dos zonas de bajas emisiones de especial protección, Distrito Centro y Plaza Elíptica. En la primera, tienen el acceso, circulación y estacionamiento prohibidos los vehículos A, salvo que estén empadronados, y/o los vehículos turismo de comerciantes autorizados (con un local u oficina en el interior del distrito); los B y los C que no cuenten con permisos pueden acceder solo para estacionar en un aparcamiento público.
