La Audiencia Provincial de Madrid ha dictado sentencia en el llamado ‘caso mascarillas’, que investigaba la percepción de comisiones millonarias por la venta de material sanitario al Ayuntamiento de Madrid durante la pandemia de Covid-19. El juez ha absuelto a Luis Medina y Alberto Luceño del delito de estafa agravada y falsedad en documento mercantil, por los que habían sido acusados por la Fiscalía.
En la resolución, notificada este miércoles, los magistrados han impuesto a Luceño una pena de tres años de prisión por un delito contra la Hacienda Pública, además de otros ocho meses por falsedad en documento oficial. Asimismo, deberá pagar una multa de 3,5 millones de euros.

La sentencia ha sido entregada tanto a las partes implicadas como a los propios acusados en la secretaría de la sección séptima de la Audiencia Provincial.
Juicio contra Medina y Luceño
El proceso judicial quedó visto para sentencia el pasado 27 de febrero, después de que las defensas de los acusados reclamaran la absolución al considerar que no se había demostrado la existencia de un engaño al Ayuntamiento de Madrid.
Durante el juicio, que se prolongó por ocho sesiones, testificaron diversos funcionarios del Consistorio, incluidos la jefa de compras en el periodo de la pandemia y el director gerente de Madrid Salud, así como peritos de la Agencia Tributaria y la Policía Municipal.
En su comparecencia, los acusados aseguraron que nunca informaron a Elena Collado, jefa de compras del Ayuntamiento, sobre las comisiones que recibieron por la operación, en contradicción con lo manifestado por esta. Además, sostuvieron que los precios de las mascarillas fueron fijados directamente por la empresa malaya Leno, proveedora del material.
La defensa de Luis Medina, representada por el abogado José Antonio Choclán, solicitó la absolución alegando que no existía base para la acusación de estafa, ya que en aquel momento el mercado de material sanitario estaba completamente alterado y sin oferta estable. Además, argumentó que no hubo incumplimiento contractual, dado que el objetivo era garantizar la llegada del material.
Por su parte, el abogado de Luceño respaldó esta postura y negó que su cliente intentara ocultar los cinco millones de euros que recibió en comisiones.
En sus conclusiones, el fiscal mantuvo las penas de nueve y quince años de cárcel a imponer por los delitos de los que les acusa –estafa agravada, falsedad en documento mercantil, falsedad documental y delito fiscal–, agregando la inhabilitación para el ejercicio del comercio durante los años que dure la condena.
En su informe final, el fiscal sostuvo que se había probado el ánimo de lucro en la operación, citando correos electrónicos en los que se empleaban expresiones como «pá la saca» y «pelotazo» en referencia a las ganancias obtenidas. También subrayó que las comisiones alcanzaron márgenes extraordinarios: un 149% en el caso de las mascarillas, un 244% en los test y un 426% en los guantes.
El Ministerio Público insistió en que los acusados ocultaron la existencia de comisiones y que hicieron creer que actuaban de manera altruista, mencionando un correo enviado el 22 de marzo de 2020 en el que se afirmaba que no recibirían dinero por la operación.
