El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) vuelve a dar la razón a la Asociación de Madres y Padres de Alumnos del colegio público Miguel de Unamuno, en la calle Alejandro Ferrant de Arganzuela, contra la instalación de una cocina fantasma junto al centro educativo.
La sentencia, fechada el pasado julio, viene a refrendar el fallo de mayo 2022 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 3 de Madrid y desestima el recurso de apelación que presentó el Ayuntamiento de Madrid.

El proceso judicial fue iniciado por la Asociación de Familias (AFA) del Miguel de Unamuno cuando descubrieron que el Ayuntamiento había permitido la instalación de unas cocinas industriales, hasta doce, al lado del colegio público.
Arduo camino judicial
El AMPA recurrió la concesión de licencia urbanística por la Agencia de Actividades a Retruco Ventures, S.L.U. mientras que el Consistorio alegaba en contra del AMPA que no se había acreditado el cambio de uso terciario «pues lo único que consta realmente probado es la existencia de una licencia del año 1950 que amparaba un uso industrial». Así, entendían en el Ayuntamiento que no había incompatibilidad alguna con la ordenación urbanística de la zona y negaban que se requiriera evaluación ambiental de actividades.
El AMPA, sin embargo, apuntó que el proyecto autorizado incumple la Norma Zonal 1 grado 3º Nivel A del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (PGOUM), unido a que el otorgamiento de una licencia es una potestad municipal pero el Ayuntamiento «contó únicamente con el certificado de conformidad emitido por una ECU, cuyo control no puede desligarse del procedimiento administrativo».

Finalmente, las cocinas fantasma de Alejandro Ferrant cerraron hace un año tras «la presión de las familias y vecinos y vecinas por lo inadecuado de la ubicación y las enormes molestias causadas», junto a la «presión judicial, con una victoria de las familias y vecinos en primera instancia».
Los padres reclaman al Alcalde que deje de recurrir y asuma «que estaba equivocado»
Tras conocerse el fallo judicial, la Asociación de Familias del colegio Miguel de Unamuno ha pedido al Ayuntamiento de Madrid que asuma que estaba equivocado y que deje de recurrir. «Si el Ayuntamiento opta por recurrir esta segunda sentencia estará obligando a las familias a seguir invirtiendo tiempo, esfuerzo y dinero en una situación que nunca debió llegar a suceder», ha advertido Noelia Cabezas, madre del colegio y vecina del barrio.
Los padres reclaman al alcalde, además, que “acepte que estaba equivocado: sus responsables permitieron instalar un negocio industrial con una extensión de casi 600 metros cuadrados al lado de un colegio cometiendo una ilegalidad” y «que reconozca que este tipo de negocios no puede estar en zonas residenciales y que legisle en consecuencia».
“La licencia incumple la normativa urbanística”
El TSJM defiende en el fallo conocido hoy que la sentencia impugnada «valoraba correctamente que se trata de una actividad industrial situada en una zona residencial, con emisiones de las cocinas y ruido por el aumento de movilidad, que tiene repercusión en el medio ambiente y que no han sido valoradas por el Ayuntamiento de Madrid».

Y continúa confirmando que se produjo un cambio de uso, de industrial a comercial, por lo que en la actualidad se debe respetar la Norma Zonal 1 grado 3º Nivel A del PGOUM dado que permite la implantación de industrial en planta baja e inferior únicamente en aquellas que cuenten con una superficie inferior a los 350 metros cuadrados «siendo la superficie ostensiblemente superior». «En este caso, el proyecto afecta a 573,74 metros cuadrados, por lo que la licencia incumple la normativa urbanística», ha sentenciado.
El mismo fallo judicial indica asimismo que «se introduce un nuevo uso no licenciado, el comercial, lo que determina una modificación del originario que no puede estar amparada por la Disposición Transitoria Tercera del Plan General». «La licencia impugnada permite un uso no autorizado, por lo que resulta contraria a la normativa urbanística expresada y debe ser anulada de conformidad», señala.
El TSJM condena en costas al Ayuntamiento de Madrid con 2.000 euros como cuantía máxima. Contra la sentencia cabía recurso de apelación en un plazo de 30 días.

La Justicia “ha puesto orden” ante “la ley de la selva” de Almeida, dice Más Madrid
La portavoz de Más Madrid en el Ayuntamiento, Rita Maestre, ha aplaudido esta mañana la decisión judicial asegurando que la que «la Justicia ha puesto orden» ante la «ley de la selva» que el alcalde, José Luis Martínez-Almeida, quiere con las cocinas fantasma.
«Enhorabuena a las familias del Unamuno por su victoria. Donde Almeida quiere ley de la selva para las cocinas fantasma, la Justicia ha puesto orden», ha escrito Maestre en su cuenta de la red social X.