En torno a mediodía de este martes Vox ha procedido a la retirada de la lona en la que tiraba a la basura el movimiento feminista, las banderas LGTBIQ+, la del independentismo catalán, la comunista y el logro de la Agenda 2030.
La formación política se ha visto obligada a retirar la pancarta que había instalado en una fachada de la calle Alcalá de Madrid tras el requerimiento de la Junta Electoral de Zona de Madrid, organismo que le daba de plazo un día para quitar la lona al considerar que apelaba al voto al partido sin estar aún en campaña electoral.
En la resolución, fechada este lunes, la Junta Electoral de Zona emplazaba al partido de Santiago Abascal a proceder a su retirada y le apercibía que le conllevaría «perjuicio» si no lo hacía. No obstante, acordaba no abrir un expediente sancionador al partido, aunque precisaba que en «caso de reiteración en la conducta», podría acordar que se le abriera.
Operarios han descolgado la lona de la fachada del edificio de la calle Alcalá de Madrid donde estaba ubicada, horas después de que el órgano arbitral tomara la decisión a raíz de las denuncias del PSOE y de la Asociación Española contra las Terapias de Conversión.

«Demasiado tiempo ha estado esa pancarta en la calle», ha concluido Marta Bernardo, Secretaria de Organización del PSOE de Madrid, tras saberse que la lona había sido retirada finalmente. «En Madrid no hay sitio para el odio, ni para la intolerancia, ni en las instituciones, ni en la calle y mucho menos en campaña electoral. Nos hubiera gustado que el Partido Popular hubiera hecho también este ejercicio de responsabilidad y hubiera hecho también esta denuncia», ha señalado Bernardo.
Para el órgano arbitral, que estima parcialmente las denuncias, la instalación de la lona «no se justifica» dentro del ejercicio de las actividades ordinarias de los partidos, coaliciones o federaciones. Y considera que el lema ‘Decide lo que importa’ tiene la «intención de persuadir» al votante para que apoye a Vox.
«Este hecho podría ser admisible si se hiciese dentro de la página web o redes sociales del partido político, pero la instalación de una lona en la fachada de un edificio de Madrid supone una contratación comercial, incurriendo por ello en la prohibición» del artículo 53 de la ley electoral y de instrucciones de la Junta Electoral Central (JEC), que prohíben la publicidad o la propaganda electoral en otros soportes antes de la campaña electoral, según el acuerdo.
Infracción de la Ley Electoral
La Junta Electoral de Madrid ha advertido, eso sí, que no se pronunciaba sobre la posible ilegalidad del contenido de la lona ya que no es un organismo competente para dictaminar sobre la imagen en la que se tira a la papelera diversos movimientos sociales y políticos, y que su decisión solo se refiere a la regularidad de los actos de campaña electoral y a su normativa.
Su cometido, explica el dictamen, es supervisar la regularidad de los actos de campaña conforme a la normativa electoral, dejando a la Justicia penal la persecución de infracciones y el castigo que puedan tener.

El PSOE había denunciado a Vox ante la Junta Electoral Central por la colocación de la lona, acusándole de incumplir la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) al publicitar un acto de campaña fuera del periodo permitido y veían, además, posible delito de odio.
Por su parte, Vox contestó solicitando que se desestimaran las denuncias al entender que no habían cometido ninguna infracción de la legislación electoral, por lo que reclamaban que fueran archivadas.
