Viviendas alquiler asequible Torrejón de Ardoz
Viviendas alquiler asequible Torrejón de Ardoz

La Comunidad de Madrid abre hoy, jueves 20 de junio, a las 10:00 horas la inscripción para optar a los 137 pisos de alquiler asequible del Plan Vive de Torrejón de Ardoz. Las inscripciones se irán aceptando por orden de llegada, con prioridad para los torrejoneros.

Estas viviendas son Viviendas de Protección Pública de Precio Básico (VPPB) de obra nueva a estrenar. El alquiler de una vivienda con un dormitorio es de 551€/mes, de dos dormitorios desde 679€/mes y de tres dormitorios desde 802€/mes.

Dicha promoción cuenta con 67 pisos de un dormitorio, 56 de dos y 14 de tres. Asimismo cuentan con zonas comunes con piscina, área deportiva, infantil, gimnasio, coworking, trasteros y garaje con puestos de recargas para coches eléctricos. 

Viviendas alquiler asequible Torrejón de Ardoz
Viviendas alquiler asequible Torrejón de Ardoz

Tal y como indican desde el Ayuntamiento, las viviendas de alquiler cumplen con todos «los criterios de sostenibilidad, habitabilidad, y aprovechamiento energético con climatización mediante aerotermia, que combina calefacción y refrigeración«.

Requisitos para optar a una de las viviendas de alquiler en Torrejón de Ardoz

Además, están situadas en la avenida de la Constitución junto a la rotonda del avión, en el nuevo barrio de Soto Norte. Se incluyen en el Plan Vive de la Comunidad de Madrid. La Comunidad de Madrid ha comunicado que las 137 viviendas se entregarán este otoño y la solicitud se debe realizar a través de la web del Plan Vive.

En cuanto a los requisitos para poder optar a estas viviendas de alquiler, el principal es que se destinen a residencia habitual. La persona que lo solicite no puede tener otra propiedad a su nombre en el territorio nacional. Además, debe ser mayor de edad y tener nacional española.

Tendrán prioridad aquellos empadronados en el municipio, los que tengan su puesto de trabajo en la localidad desde hace al menos tres años y las víctimas de violencia contra la mujer. Finalmente, no se puede  más del 35% de los ingresos netos anuales de la unidad de convivencia al pago de la renta total por año.