Ayuso inaugura la nueva sede del PP de Móstoles junto al alcalde, Manuel Bautista/ PP Móstoles
Ayuso inaugura la nueva sede del PP de Móstoles junto al alcalde, Manuel Bautista, en 2024.

El Tribunal Supremo ha decidido archivar una denuncia presentada por un abogado contra la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, en la que se le atribuía un presunto delito de revelación de secretos relacionado con la supuesta filtración de correos electrónicos enviados por una exconcejala de Móstoles que denunció al alcalde, Manuel Bautista, por acoso.

En la denuncia se hacía referencia a «la difusión de mensajes de correo electrónico que habrían sido remitidos al entorno de la denunciada». Según recoge un auto, el caso ha sido archivado «al no ser los hechos denunciados constitutivos de delito«.

La acción judicial se presentó después de que trascendiera que la exconcejala había trasladado dentro del Partido Popular de Madrid diversas quejas por un supuesto caso de acoso sexual por parte del alcalde de Móstoles, Manuel Bautista. Estos hechos fueron posteriormente denunciados por la propia afectada ante los tribunales.

Comparecencia de Manuel Bautista negando la dimisión tras acusaciones de acoso sexual y laboral por parte de una exedil del PP de Móstoles
Comparecencia de Manuel Bautista negando las acusaciones de acoso

Las quejas internas, según se señala, no habrían recibido respuesta dentro de la estructura del partido, lo que llevó a la concejala a presentar su dimisión. Posteriormente, distintos medios publicaron correos electrónicos vinculados con este caso, en los que la denunciante solicitaba amparo a la presidenta y en los que su equipo la remitía al Partido Popular de Madrid.

Sin «referencias probatorias»

En su resolución, los magistrados del Tribunal Supremo indican que, conforme al informe de la Fiscalía, no se aprecian elementos suficientes en los hechos denunciados por el letrado de José Luis Prieto.

El auto recoge que «la Sala hace suyo el criterio del fiscal del Tribunal Supremo, que en su informe apunta que la denuncia presentada carece de episodios concretos susceptibles de subsumirse en el tipo delictivo referido por el denunciante». Además, añade que «El relato carece de toda referencia probatoria que permita iniciar la investigación de un hecho delictivo».

El Tribunal Supremo.
El Tribunal Supremo.

Asimismo, se señala que la denuncia «alude a la difusión de mensajes de correo electrónico que habrían sido remitidos al entorno de la denunciada», y se indica que «la fuente de conocimiento que el denunciante apunta, basada en reseñas de determinados medios de comunicación, es por completo insuficiente para iniciar una línea de investigación que, por tal razón, sería a todas luces prospectiva».

El auto explica que la denuncia está relacionada con la filtración a medios de comunicación de correos electrónicos enviados en su momento «al entorno de la denunciada», antes de que la remitente dimitiera como concejala del Ayuntamiento de Móstoles, tras no ser atendidas sus quejas internas en la estructura regional del Partido Popular de Madrid en relación con el presunto acoso sexual por parte del alcalde de esa corporación.

Periodista especializada en el ámbito digital. Cuenta con más de 15 años de trayectoria profesional como redactora en diferentes periódicos, agencias de noticias y cadenas radiofónicas, aunque en...

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