El sindicato CGT cree que estos contratos en prácticas sirven para cubrir labores iguales a las del resto de trabajadores pero a un salario “bastante inferior”
LEGANÉS / 15 JULIO 2019 / El juzgado de lo Social número 26 de Madrid ha declarado como “improcedente” el despido de una trabajadora del Ayuntamiento de Leganés que fue contratada a través de los ‘Programas de Cualificación y Activación Profesional’, de Inserción laboral de la Comunidad de Madrid, previstos para incorporar al mercado de trabajo a parados de larga duración.
Mientras, el Ayuntamiento ha anunciado que recurrirá la sentencia.
Según ha informado el sindicato CGT, la trabajadora decidió recurrir su despido y, el pasado viernes, la sentencia determina “la ilegalidad del modelo de contratación utilizado, por obra o servicio, donde la trabajadora ha recibido una formación de 90 horas y después a ocupado un puesto de trabajo como conserje de un colegio de Leganés”.
Según el tribunal, “ni la Orden de 30 de agosto de 2017 (bases Reguladora del Programa de Reactivación y Reinserción Laboral), ni la Orden de 13 de octubre de 2017 de Convocatoria de Subvenciones para realización del citado Programa, ambas de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, del que resultó adjudicatario el Ayuntamiento de Leganés establecen o exigen una determinada modalidad laboral. Se limita a indicar -agrega- que se utilizará la que sea más acorde a los trabajos a realizar y las características personales y profesionales de la persona desempleada contratada”.

Para CGT, estos trabajos considerados en prácticas “en realidad cubren puestos de trabajo concretos porque falta personal, mientras estos trabajadores en prácticas realizan las mismas funciones que los trabajadores municipales, pero con un salario muy inferior”.
Además, tienen el problema de que “impide a muchos beneficiarios de prestaciones como la Renta Mínima de Inserción (REMI) o la Renta Activa de Inserción (RAI), volver a cobrar estas ayudas al terminar estos programas”.
