biblioteca UC3M
La biblioteca de Ciencias Sociales del campus de Getafe.

La sentencia mantiene que no había proyecto académico ni existía relación entre la demandante y las tutoras de las supuestas prácticas

GETAFE / 23 JULIO 2019 / El Juzgado de lo Social número 21 de Madrid ha estimado una demanda de despido contra la Universidad Carlos III de Madrid (UC3M) al reconocer la relación laboral de una becaria que trabajaba en el archivo general de la universidad, ubicado en la Biblioteca María Moliner, de Getafe.

Según la sentencia, ha quedado demostrado que la joven realizaba el mismo trabajo que “hacían los funcionarios del archivo, bajo su supervisión y en estrecha colaboración con estos”, y que no existía una relación con las tutoras de las supuestas prácticas.

La demandante fue adjudicataria de una práctica extracurricular en el servicio de archivo del 9 de enero al 31 de diciembre de 2017, con una duración de 872 horas. Las prácticas consistían en 20 horas a la semana de 9.00 a 13.00 horas de lunes a viernes, con una remuneración mensual era de 326 euros brutos.

La joven fue adjudicataria de una segunda práctica extracurricular en el mismo puesto, con duración desde el 8 de enero de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2018, por el mismo salario y con el mismo horario y condiciones.

Finalmente, fue adjudicataria de una tercera práctica extracurricular en las mismas condiciones que las anteriores, desde el 8 de enero de 2019 hasta el 12 de febrero de 2019, fecha de fin de prácticas al cumplir 1.800 horas. No obstante, la convocatoria de dichas prácticas contemplaba como duración desde el 8 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2019.

Según la sentencia, el trabajo desarrollado por la actora consistía en el tratamiento de la documentación (la documentación se recibe, se ordena y se clasifica en carpetas); el montaje de cajas de cartón para guardar la documentación previamente ordenada; redacción de información sobre el contenido de cada caja; almacenamiento del conjunto de cajas resultantes en el depósito; búsqueda de documentos en el depósito del archivo, y colocación de los documentos prestados.

El campus de Leganés de la Carlos III (Foto: D.G.Castillejo)

Sin proyecto académico

Tal y como se expone en la sentencia, “no había proyecto académico”, al cual debería supeditarse la evaluación de las prácticas según el Reglamento de prácticas académicas extracurriculares desempeñadas en la Universidad Carlos III de Madrid. Tampoco existía relación entre la demandante y las tutoras de las prácticas.

La becaria presentó una demanda por despido nulo el 7 de marzo de 2019. Previamente, el 30 de julio de 2018, la demandante solicitó a la universidad el reconocimiento de la laboralidad de su relación así como las diferencias salariales conforme a convenio. En esa línea, el 24 de septiembre de 2018 presentó una demanda en reclamación del reconocimiento de la existencia de relación laboral de carácter indefinido.

Según la juez, “todas las pruebas apuntan a determinar que la relación existente entre la demandante y la UC3M no es propia de una beca de formación”.

“Aunque la UC3M ha desplegado una encomiable actividad probatoria para sustentar su argumento de que la beca concedida en este caso no era para formar a la demandante ni para contribuir a completar sus estudios de Ciencias Políticas y Sociología, sino para formarla en habilidades generales laborales como el trabajo en equipo, la organización y la utilización de sistemas de software, lo cierto es que no se puede ocultar bajo una pretendida práctica extracurricular una relación laboral encubierta con la que la UC3M se ahorra el salario de un personal laboral o funcionario”, explica la sentencia.

Asimismo, apunta que “la testigo de la demandada ha reconocido que la demandante hacía el trabajo que hacían los funcionarios del archivo, bajo su supervisión y en estrecha colaboración con estos”.

Corresponsal de Noticias para Municipios, Europa Press en la zona Sur de Madrid