cambio de sexo

Un auto de la Audiencia Provincial de Sevilla, concretamente de la Sección Cuarta, ha dado la razón al Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de la ciudad andaluza para inhibirse y no juzgar a un hombre por violencia de género, al haber cambiado de sexo antes de producirse los hechos de maltrato por los que fue denunciado.

En concreto, el auto falla en contra de la apelación de la víctima, expareja del acusado, quien alegaba en su escrito que este habría realizado el cambio de sexo de forma fraudulenta.

“Con esto, lo que consigue es minorar las penas porque no hay un agravante de violencia de género; por contra, ella se queda desprotegida de todos los recursos que la protegerían como víctima de violencia de género”.

cambio de sexo

Lo explica a la sección ELLAS de Noticias para Municipios el abogado de la denunciante, José Antonio Sires, para quien la Ley Transgénero es un “coladero contra la Ley de Violencia de Genero y jurídicamente”, explica, “es un desastre que ha dejado una rejilla para este tipo de situaciones que, evidentemente, no se han previsto”.

Como consecuencia, la víctima, su cliente, ya no tiene derecho a ninguno de los recursos que la protegerían siendo víctima de violencia de género tales como la protección policial o su inclusión en el Sistema VioGén. “Ella se ha quedado totalmente huérfana, apartada y desprotegida y está absolutamente desolada”.

Pidió un indulto al Estado para eludir la prisión

Fue en agosto de 2023 cuando el denunciado, pareja de la víctima, cambió su sexo de hombre a mujer, y pasó a llamarse Candy. Sin embargo, no hubo ningún cambio morfológico, ni tampoco en su aspecto, según José Antonio Sires, que hiciera pensar realmente en un caso transgénero.

“Más bien”, apunta el abogado en conversación con este medio, “a nuestro juicio, era otra forma clara de eludir ser juzgado por la Ley de Violencia de Género, como ya venía haciendo desde 2019”.

Se da la circunstancia de que, quien ahora se hace llamar Candy, es, según el abogado, un maltratador reincidente, ya que estuvo en prisión cumpliendo una pena por maltrato en 2018 por una pareja anterior.

Después de eso, entre 2019 y 2023, “ha estado utilizando una serie de mecanismos para eludir la aplicación de la Ley de Violencia de Género”, explica Sires. Incluso, llegó a pedir un indulto al Estado que se resolvió en su contra hace unos meses. “Ahora debería ingresar en un centro penitenciario voluntariamente para cumplir los tres meses de prisión que se le impusieron, pero está en busca y captura y, me consta, fuera del país”.

Como mujer se saltó las órdenes de alejamiento

Una vez hecho efectivo el cambio de sexo, el denunciado siguió incumpliendo las órdenes de alejamiento impuestas con anterioridad, e insultando, vejando y agrediendo a la denunciante.

Y estos son, precisamente, los hechos que el Juzgado de Violencia Contra la Mujer Número 2 de Sevilla ha decidido no juzgar, los cometidos a partir de su cambio de sexo. Pero también son los “luchados por parte de la víctima para que fueran enjuiciados como violencia de género y no por un tribunal al uso, es decir, de Instrucción”.

Sin embargo, tal y como apunta el auto de la Audiencia de Sevilla dando la razón al juez de Violencia contra la Mujer, y como señala también el abogado de la víctima, estos juzgados tienen una competencia objetiva, es decir, sus casos están circunscritos a la situación muy concreta que se da en pareja entre un hombre y una mujer. “Todo lo que no sea eso, tiene que ir fuera del juzgado especializado hubiese querido el juez o no, así que él ha aplicado escrupulosamente la ley”.

Un precedente peligroso

El auto en contra de la apelación de la víctima puede tener consecuencias peligrosas para otras mujeres víctimas en sus mismas circunstancias, porque crea una jurisdicción especial.

En este sentido, Sires explica que, “aunque es una jurisdicción menor, que le llaman, en el momento en que haya un caso similar en el resto de la península y se apele al fraude de ley por el cambio de sexo, se podrá utilizar el auto de la Audiencia Provincial para que los hechos de violencia posteriores a un cambio de sexo se puedan juzgar en un tribunal ordinario”.

De momento, la mujer no tiene ya nada más que hacer ante estas circunstancias. Si localizan al denunciado, este tendrá que enfrentarse a dos juicios pendientes, pero la víctima no podrá pedir penas agravadas por violencia de género.

“De todas formas, este señor”, reconoce el abogado de la mujer, “entrará en prisión tarde o temprano para cumplir los 15 meses que ya tiene de sentencia firme”. Y en cuanto a los hechos a juzgar por el tribunal ordinario, si la fiscalía apoya la petición de la víctima, podría ver algo de Justicia. “Aunque justicia es, para ella, que se enjuicie a su maltratador por violencia de género, porque todo lo demás se queda a medio camino«, apuntala el letrado.

Por último, el abogado de la víctima ha hecho una reflexión sobre la necesidad de modificar los errores de la Ley Transgénero, «porque está demostrando con casos reales que se tiene que tomar cartas en el asunto y modificarla; las consecuencias de estos errores las están pagando las víctimas”.