Luis Rubiales
El ex presidente de la Real Federación Española de Fútbol, Luis Rubiales (Foto: Ep)

La Audiencia Nacional ha condenado al ex presidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) Luis Rubiales a pagar una multa de 20 euros al día durante 18 meses a la jugadora de la Selección absoluta femenina, Jenny Hermoso.

Son aproximadamente 10.800 euros, por lo que la Audiencia considera es un delito de agresión sexual por el beso no consentido que Rubiales le dio a la jugadora en la final de la Copa del Mundo 2023. Una sentencia que tanto la fiscalía del caso como la jugadora y ex directivo, recurrirán por diferentes motivos, según han anunciado por diferentes medios.

Beso Jenny Hermoso mundial
Eva Navarro, Jenny Hermoso y Mari Ángeles Muñoz durante la celebración de la victoria en Madrid Río, a 21 de agosto de 2023, en Madrid tras ganar el Mundial de Sidney. Fotografía: José Ruiz / Europa Press

Además, según reza la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, el ex directivo tendrá que indemnizar a la jugadora con 3.000 euros por «el daño moral causado por el beso dado por sorpresa, unido al momento y lugar en que se proporciona, a la vista de las miles de personas«. No obstante, le absuelve de las posteriores coacciones ejercidas sobre la jugadora para que restase importancia al hecho.

Fuentes fiscales han precisado que recurrirán el fallo ante la Sala de lo Penal, una vez estudiada por completo. Hay que recordar que la Fiscalía solicitó que se le impusiera una pena de 2 años y 6 meses de cárcel por los delitos de agresión sexual y coacciones.

Como parte de la condena, el magistrado de la causa, el juez José Manuel Fernández-Prieto, ha prohibido a Rubiales acercarse a Hermoso en un radio de 200 metros y a comunicarse con ella durante un año. Fernández-Prieto basa su decisión en el hecho de que el beso no fue consentido y da «plena credibilidad» al testimonio de la víctima.

Beso «reprochable» y con connotaciones sexules

A lo largo de 36 páginas, el juez concluye que, durante la entrega de medallas tras la victoria en el Mundial de Sidney en 2023, Rubiales «sujetó la cabeza de la jugadora con ambas manos, y de manera sorpresiva y sin consentimiento ni aceptación de la jugadora, le propinó un beso en los labios».

Para el magistrado, se trata de un «acto reprochable que es realizado por el sujeto activo dentro de la euforia de la celebración de haberse conseguido la copa del mundo, éxito sin precedente en el fútbol femenino español».

Explica, además, que la «acción de dar un beso en la boca a la mujer tiene una clara connotación sexual, y no es la forma normal de saludar a las personas con quienes no se mantiene una relación de afectividad».

Con todo, el juez sostiene que, a pesar de ser presidente de la RFEF, Rubiales «no se prevalece de su condición ni de una relación de superioridad con respecto a la víctima» para propinar el beso.

Hubo agresión sexual

En la sentencia, el magistrado también detalla que «no puede obviarse que la agresión sexual de que es objeto la mujer tiene la intensidad que tiene y carece de virtualidad para anular la alegría en la mujer del éxito que acaba de conseguir y que quiere y desea celebrar a toda costa con todas sus compañeras. Ello nos lleva a entender que la agresión sexual analizada, siendo siempre reprochable, es encuadrable dentro de las de menor intensidad», argumenta el magistrado.

Se trata de la pena más baja prevista para este tipo de delitos, según recoge el Código Penal, que fija que siempre que no medie violencia o intimidación o que la víctima tuviera anulada por cualquier causa su voluntad se puede imponer multa de 18 a 24 meses o la pena de prisión en su mitad inferior.