González Amador
González Amador, a su llegada al Tribunal Supremo (Foto: RR/SS)

La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado un recurso de apelación presentado por Alberto González Amador -pareja de la presidenta regional, Isabel Díaz Ayuso- y varias de sus sociedades para frenar que la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil le investigue en la causa abierta por presunta corrupción en los negocios.

Así consta en un auto adelantado por la ‘Cadena Ser’ en el que se desestima el recurso de las mercantiles Maxwell Cremona Ingenieria y Procesos Sociedad para el Fomento del Medioambiente S.L. y Masterman&Whitaker y de Alberto González Amador contra el auto dictado en julio de 2025 por el Juzgado de Instrucción número 19 de Madrid, en el que se acordaba que la UCO investigara los hechos objeto de este procedimiento.

Archivo - El novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Alberto González Amador.
González Amador.

El foco del caso está en la compraventa de la sociedad Círculo de Belleza S.L., adquirida en 2020 por una empresa vinculada a González Amador por cerca de 500.000 euros.

Petición rechazada

El tribunal rechaza ahora la petición de los recurrentes, que solicitaban el archivo de las actuaciones al considerar que no existía delito. La Audiencia concluye que el recurso debe ser desestimado y respalda la actuación del Juzgado de Instrucción.

El origen del procedimiento se remonta a una resolución de junio de 2025 en la que el juzgado acordó encargar a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil la investigación de los hechos. Esta decisión fue recurrida por la defensa de González Amador y las empresas implicadas.

La Audiencia Provincial de Madrid (Foto: Archivo EP)
La Audiencia Provincial de Madrid (Foto: Archivo EP)

Sin embargo, la Audiencia Provincial considera que dicha medida forma parte de las diligencias de investigación y, por tanto, no es recurrible. Además, subraya que la solicitud de archivo planteada por los apelantes no había sido previamente resuelta por el juzgado instructor, por lo que no puede ser analizada en esta fase.

En consecuencia, el tribunal confirma íntegramente la resolución recurrida y acuerda que continúe la investigación, sin imponer costas a las partes al no apreciar mala fe.

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