El Tribunal obliga a la readmisión tras reconocer la empresa que el número de trabajadores despedidos superaba el 10% de la plantilla
PINTO – VALDEMORO / 25 JULIO 2019 / El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha declarado nulos los despidos de los trabajadores de la empresa Arje, adjudicataria de cursos, talleres y programas municipales en ayuntamientos como los de Madrid, Pinto y Valdemoro, al constatar que no se ha seguido el procedimiento establecido para el despido colectivo.
El fallo estima la demanda formulada por los representantes de los trabajadores de la empresa Arje, sobre impugnación de despido colectivo, declara la nulidad del despido y condena a la empresa a readmitir a los trabajadores despedidos en las mismas condiciones anteriores al despido con abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta que la readmisión tenga lugar.
Según la sentencia, el despido debe declararse nulo “necesariamente” porque la propia empresa ha reconocido que el número de trabajadores despedidos supera el diez por ciento de sus empleados, tratándose de una empresa que ocupa entre cien y trescientos trabajadores.

El comité de empresa, a través de la Asesoría Jurídica de CCOO, demandó la nulidad de todos los despidos, incluidos los contratos temporales y de obra o servicio determinado.
Respecto a estos, la empresa alegaba que no podían considerarse despidos porque al cesar la actividad de la compañía se producía necesariamente el cese de esos empleados.
Renuncia
Sin embargo, el TSJM ha considerado que no se ha acreditado que los contratos de los trabajadores temporales se extinguieran por expiración de los distintos contratos suscritos con las distintas entidades del sector público, ya que fue la propia empresa la que renunció a los contratos que tenía suscritos con las diferentes administraciones.
