El Ayuntamiento asegura que la sentencia no anula el Plan Parcial, sino que estima que hubo un error de medición en una de las parcelas
LEGANÉS / 7 MARZO 2018 / El Partido Popular de Leganés presentará al próximo Pleno una interpelación al alcalde, Santiago Llorente, sobre la sentencia dictada por la Sección Primera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJM) de Madrid a instancias de un empresario que reclamaba “una atribución mayor de metros cuadrados en la reparcelación” del desarrollo urbanístico ‘Puerta de Fuenlabrada’.
El PP quiere saber si esta sentencia podría suponer la paralización de este Plan Parcial, mientras el Ejecutivo local ha manifestado que no, ya que la resolución judicial admite sólo un “error de medición” en los metros que le correspondían al demandante.
El empresario acudió a los tribunales por una “discrepancia técnica” y, finalmente, la Justicia ha terminado dándole la razón, según el portavoz del PP, Miguel Ángel Recuenco, quien ha advertido de que esta situación “se ha convertido en un problema serio al que el alcalde tiene que buscar una solución”.
“No puede paralizarse un desarrollo urbanístico tan importante en el que tantos ciudadanos de Leganés tienen puestas sus ilusiones”, ha remarcado el ‘popular’.
No hay nulidad del plan
Por su parte, fuentes municipales han señalado que la resolución judicial “se limita a anular exclusivamente la medición de una parcela (la 1 G), no declarando en ningún caso la nulidad plena del Plan Parcial”.
En este punto, las mismas fuentes han precisado que la sentencia señala que “no se ha incumplido el principio de jerarquía normativa pues el Plan Parcial no altera la superficie total destinada a Redes Públicas Generales fijada por la modificación puntual del PGOU, sino que solo altera -agrega- la superficie de dos parcelas, respetando el total de superficie destinada a redes”.
Error de medición
De esta manera, desde el Consistorio leganense han reiterado que el hecho de haber “estimado la alegación relativa a la superficie no puede suponer la nulidad de pleno derecho del Plan Parcial, pues “no se está vulnerando ninguna norma, sino que se trata de un error de medición”.
Por otra parte, el Contencioso-administrativo deja claro que “en ningún caso se ha producido indefensión por parte del demandante” y que “no ha existido desviación de poder por parte del Ayuntamiento”.
Por lo tanto, según concluyen, la sentencia “da un espaldarazo” a la gestión municipal en la aprobación de este Plan Parcial, que sigue vigente y que “no afecta al resto de parcelas adjudicadas al Ayuntamiento”.
Así, el Gobierno local ha valorado “positivamente” esta sentencia, “tanto para el desarrollo del propio Plan Parcial como para la gestión realizada desde el Ayuntamiento”.
