La ordenanza municipal reguladora de publicidad exterior establece como una infracción grave la instalación de carteleras sin licencia municipal
GETAFE/ 1 MAYO 2019/ El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo ha desestimado el recurso contra una multa de 30.000 euros impuesta por el Ayuntamiento por instalar una valla publicitaria sin licencia en el barrio de El Bercial, según se ha dado cuenta en la Junta de Gobierno local.
La ordenanza municipal reguladora de publicidad exterior establece como una infracción grave la instalación de carteleras sin licencia municipal y señala que el Ayuntamiento podrá disponer el desmontaje o retirada de las vallas con reposición de las cosas al estado anterior a la comisión de la infracción.
Además, podrá ordenar al infractor que proceda a su retirada, debiendo cumplirse la orden de desmontaje en el plazo de ocho días, aunque en caso de incumplimiento, los servicios municipales procederán a la ejecución sustitutoria a costa de los obligados, que deberán abonar los gastos de desmontaje, transporte y almacenaje.

Este proceso supone, además de la obligación de su retirada y de la sanción por su instalación sin las licencias necesarias, una indemnización al Ayuntamiento por el lucro que la empresa ha estado obteniendo mientras ha tenido expuestas estas vallas de forma irregular.
