El juez entiende que desde el Consistorio se ha vulnerado el derecho fundamental a la información reconocido en la Constitución
ARROYOMOLINOS/ 16 MAYO 2019/ El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 24 de Madrid ha ordenado al Ayuntamiento de Arroyomolinos y a su alcalde, Andrés Martínez (Cs), que permita al PSOE acceder a la información relativa a la Empresa Municipal de Gestión de Servicios (Emugesa), que le solicitaron.
El juez entiende que desde el Consistorio se ha vulnerado el derecho fundamental a la información reconocido en el artículo 23 de la Constitución, declarando también la nulidad de la desestimación del alcalde, respecto a la petición de información relativa a la dicha empresa municipal.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Noticias para Municipios, el juez determina que la edil y candidata a la Alcaldía del PSOE, Pilar Sánchez, está “legitimada” en su calidad de concejal del Ayuntamiento a solicitar información, que, según insisten desde el PSOE, se pidió “en reiteradas veces” sin obtenerla.
El juez también reprocha que el alcalde haya denegado “indirectamente” dicha información, limitándose el regidor a remitir unas instrucciones, para que la empresa municipal dé respuesta a la solicitud y “cuando corresponde a la propia administración municipal ofrecer directamente la información correspondiente”.
“Se desconoce así de forma palmaria ese derecho que ampara a la concejal” y que “en modo alguno puede soslayarse con argumentos tales como la falta de personal, carga de trabajo o criterios de racionalidad y proporcionalidad“, añade el escrito, que le imponte las costas al Ayuntamiento y se fija la suma en 1.200 euros.
Por este motivo, la sentencia, contra la que cabe recurso de apelación, declara “la nulidad de la desestimación del alcalde” respecto a la petición de información relativa a la empresa municipal Emugesa, ordenando que se permita el acceso completo a la información solicitada”.

El Ayuntamiento recurrirá
Fuentes municipales han señalado a Noticias para Municipios que el Ayuntamiento “siempre ha cumplido con los requerimientos de información solicitados” y que, en este caso, el grupo municipal socialista “solicitó información municipal e información de la Empresa Municipal de Gestión de Servicios”, que “se entregó”.
Estas fuentes insisten en que, en el caso de las informaciones requeridas de la Empresa Municipal de Gestión de Servicios, se entregó “la totalidad de lo que se requirió”, aunque reconocen que se hizo “fuera de plazo, en el juzgado, por razones logísticas y ante la cantidad de información requerida”.
Por ello, desde el Ayuntamiento anuncian que “el fallo será recurrido”, ya que la sentencia, que no es firme, “hace referencia a la entrega fuera de plazo de dicha información”, no a que se denegara la misma.
