Una sentencia del TSJM rechaza la reclamación por utilizar a trabajadores de TRAGSA durante la huelga de basuras de ESMASA
La sentencia estima que “concurrían circunstancias de especial urgencia pues se había llegado a una situación de alto riesgo para la salud de la población”
ALCORCÓN/ 14 JULIO 2015/ El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado el recurso de apelación por vulneración del derecho de huelga interpuesto por el sindicato de limpiezas y mantenimiento urbano de la Comunidad de Madrid de la Federación General del Trabajo (FELM-CGT), contra la sentencia de 5 de diciembre de 2014, dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 34 de Madrid.
De este modo, se rechaza, como ya ocurrió en primera instancia, la reclamación del sindicato por la utilización de trabajadores de la empresa TRAGSA para sustituir a los de la Empresa Municipal de Servicios de Alcorcón (ESMASA) durante la huelga de basuras de enero de 2014.
FELM-CGT interpuso demanda de protección de derechos fundamentales por la posible vulneración por el Ayuntamiento de Alcorcón del derecho a la huelga y la libertad sindical al utilizar a trabajadores de la empresa TRAGSA.
Según la sentencia a la que ha tenido acceso este medio, la encomienda a TRAGSA para la realización de determinadas tareas, aunque estas se realizaran habitualmente por los trabajadores en huelga, venía justificada por la situación de riesgo para la salud, pese a no haber sido declarada situación de emergencia sanitaria por la Consejería de Sanidad.
Por lo tanto, estima que “concurrían circunstancias de especial urgencia pues se había llegado a una situación de alto riesgo para la salud de la población, sobre todo para las personas más vulnerables, como enfermos, niños y patologías respiratorias, de manera que la actuación municipal fue justificada y proporcionada”.
Corresponsal / Alex Castellano
