Semáforo en rojo en el barrio de las Cortes
Semáforo en rojo en el barrio de las Cortes (Foto: EP) 27 junio 2019 Semáforo, Luz, Rojo, Cortes, Verde, Rojo, Peatón, Peatones, Coche, Eduardo Parra / Europa Press (Foto de ARCHIVO) 27/6/2019

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 29 de Madrid ha anulado una sanción de tráfico impuesta por el Ayuntamiento de Madrid por rebasar un semáforo en fase roja, que conllevaba una multa de 200 euros y la pérdida de cuatro puntos del carné de conducir.

La sentencia declara no conforme a Derecho la actuación municipal contra el recurrente, defendido por Automovilistas Europeos Asociados (AEA) y ordena la restitución de los puntos detraídos al conductor afectado.

En concreto, estima un recurso interpuesto contra la resolución recurrida, Resolución de la Directora General de Gestión y Vigilancia de la Circulación del Ayuntamiento de Madrid, de abril de 2025, por la que se inadmite a trámite el recurso extraordinario de revisión por la infracción muy grave consistente en «rebasar un semáforo en fase roja».

un agente de policía en Navidad
Un agente de Policía en Centro esta Navidad.

El juzgado ordena a la Administración demandada a la comunicación a la DGT de tal anulación a fin de que se le repongan al recurrente los 4 puntos del carné de conducir, con todas las consecuencias inherentes a esta declaración.

La sentencia considera que el Ayuntamiento de Madrid inadmitió indebidamente un recurso de revisión presentado por el sancionado, pese a que existía «un documento de valor esencial que evidenciaba el error de la resolución administrativa».

Providencia de apremio

En concreto, una resolución previa del Tribunal Económico Administrativo Municipal de Madrid había anulado la providencia de apremio al constatar que la notificación de la sanción no se realizó de forma correcta, lo que impedía que la multa adquiriera firmeza

Según la sentencia, al no haber sido notificada eficazmente la resolución sancionadora, la Administración no podía ejecutar la multa ni proceder a la detracción de puntos del permiso de conducir. El juzgado subraya además que las resoluciones de otros órganos administrativos deben ser respetadas por el resto de la Administración.

Agentes de la Policía Municipal de Madrid (Foto: EP)
Agentes de la Policía Municipal de Madrid (Foto: EP)

AEA destaca que se trata de la primera sentencia que se produce en este sentido y supone un importante precedente jurídico porque abre la posibilidad a que cerca de 10.000 conductores puedan recuperar sus puntos indebidamente detraídos porque el Ayuntamiento de Madrid no notifica correctamente las multas.

Una de 2,5 millones de sanciones

Por su lado, el delegado de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, Borja Carabante, ha aclarado que seguirá multando siguiendo un procedimiento que «en 2.499.999 sanciones de tráfico ha sido correcto».

«Lo que dice esa sentencia es que anula una sanción de las 2,5 millones de sanciones que pone el Ayuntamiento de Madrid por distintos motivos, en zonas de bajas emisiones, en fotos rojos, por exceso de velocidad, por mal aparcamiento», ha replicado el delegado.

«El Ayuntamiento de Madrid está completamente tranquilo en cuanto al procedimiento administrativo que sigue para notificar los expedientes sancionadores con las multas de circulación en la ciudad de Madrid», ha asegurado Carabante, que ha insistido que se trata de una «situación individual sobre una única sanción».

El delegado ha continuado afirmando que «seguirán tramitando las multas según el procedimiento, que en 2.499.999 sanciones ha sido correcta».

Corresponsal de Noticias para Municipios, Europa Press en la zona Sur de Madrid