Palacio de Cibeles
El Ayuntamiento de Madrid y la fuente de Cibeles.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 29 de Madrid ha condenado al Ayuntamiento de la capital a pagar 668 euros a un conductor por deficiencias en la tramitación de las multas de tráfico.

La sentencia califica de ‘irracional‘ la actuación del Ayuntamiento por no devolver los puntos quitados cuando sus órganos anulan las multas por deficiencias en las notificaciones.

Al conductor al que ahora debe indemnizar el Consistorio, Tráfico le había retirado su permiso de conducir y tuvo que volverse a examinar. Desde el Ayuntamiento no comunicaron a Tráfico la anulación de la retirada de puntos, por lo que han sido condenados.

El caso ahora resuelto favorablemente para el conductor sancionado se inició con la imposición de una sanción de 500 euros y la pérdida de 6 puntos, al considerar que había cometido una infracción calificada como ‘muy grave’, pero sin que constara en ninguna parte que se le hubiera notificado la denuncia.

Coche.

Dado que nunca se le había notificado nada con anterioridad, ni se le había dado la oportunidad de poderse defender, presentó un recurso alegando este hecho y el Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid le dio la razón anulando la multa ‘lo que obligaba al Ayuntamiento de Madrid a notificar a la Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid que dejara sin efecto la pérdida de puntos‘.

Automovilistas Europeos Asociados estima que existen otros 40.000 casos similares y que ‘esta sentencia sienta un importante precedente jurídico y va a permitir que miles de conductores madrileños puedan recuperar los puntos que le han sido indebidamente detraídos por los servicios municipales encargados de la gestión de multas de circulación’.

El presidente de AEA, Mario Arnaldo, ha mostrado su satisfacción por este resultado y ha anunciado que ‘en las próximas semanas se va a solicitar al alcalde de Madrid la realización de una auditoria de la gestión de las multas de circulación, a fin de que se adecue la actuación municipal a la más escrupulosa legalidad, evitando así cualquier sombra de duda respecto de una posible utilización de las multas de circulación con una finalidad recaudatoria’.