Se han establecido ayudas para gastos de vivienda en propiedad o en alquiler
TORRELODONES / 26 MAYO 2021 / La Junta de Gobierno Local aprobó el 1 de junio de 2020 las bases reguladoras para la concesión de ayudas para colaborar con los gastos de vivienda habitual en propiedad o en régimen de alquiler, bases que han sido publicadas el pasado 21 de mayo en el No 120 del BOCM.
Esta convocatoria tiene como objeto regular la concesión de ayudas a personas empadronadas en el municipio de Torrelodones, con el objetivo de colaborar con los gastos de vivienda habitual en propiedad o en régimen de alquiler, compensando las desigualdades económicas para el acceso a una vivienda digna y adecuada, considerando además especialmente la situación de las personas más vulnerables en el actual contexto de pandemia.
El Consistorio ha establecido dos tipos de ayudas. Por un lado, las ayudas para gastos de vivienda habitual en régimen de propiedad. Se trata de ayudas de hasta 300 euros destinadas al pago de los siguientes gastos subvencionables: suministro eléctrico, abastecimiento de agua, gas, y cualquier otro recibo periódico e ineludible para el uso de la vivienda habitual, excluidos gastos relacionados con la adquisición de la vivienda (hipoteca).

En estas ayudas, serán subvencionables los gastos de este tipo sufragados durante el año 2021. La ayuda concedida a cada solicitante no podrá ser superior al 100 por 100 de los gastos subvencionables. El Ayuntamiento ha establecido una dotación inicial de 30.000 euros para estos apoyos.
Ayudas para el alquiler en Torrelodones
La segunda modalidad de asistencia que se ha concretado desde el Ayuntamiento es la de ayudas para gastos de vivienda habitual en régimen de alquiler. Se trata de ayudas para gastos de vivienda habitual en régimen de alquiler. Se otorgarán hasta 800 euros destinados al pago de los siguientes gastos subvencionables: alquiler, suministro eléctrico, abastecimiento de agua, gas, y cualquier otro recibo periódico e ineludible para el uso de la vivienda habitual.
Serán subvencionables los gastos de este tipo sufragados durante el año 2021. La ayuda concedida a cada solicitante no podrá ser superior al 100 por 100 de los gastos subvencionables. Para este tipo de ayudas se establece una dotación inicial de 170.000 euros.
Las ayudas de ambas modalidades se concederán por concurrencia competitiva, es decir, se adjudicarán según el criterio de valoración establecido: el nivel de renta de la unidad familiar. Estas bases reguladoras están a disposición de los interesados en la página web del Ayuntamiento y en la Sede Electrónica.
