En las adjudicaciones de viviendas de emergencia social

REGIONAL / 30 NOVIEMBRE 2018 / El Defensor del Pueblo, Francisco Fernández Marugán, ha recomendado a la Comunidad de Madrid que, a la hora de adjudicar una vivienda de emergencia social, priorice a las familias desahuciadas con menores de edad que no dispongan de una alternativa habitacional.

Según ha informado, se ha constatado en la mayoría de las quejas tramitadas sobre este asunto que el Ejecutivo madrileño “no inicia el procedimiento de emergencia social para ofrecer alojamiento temporal a las familias con menores desalojadas de sus hogares, al considerar que no reúnen los requisitos necesarios”.

En opinión del Defensor del Pueblo, las “limitadas situaciones de emergencia social reflejadas en la norma autonómica y la interpretación que efectúa de la misma la Comunidad de Madrid, hacen que sean muy pocas las familias que pueden optar a estas viviendas”.

Proceso de adjudicación

De hecho, ha señalado que el Decreto que regula el proceso de adjudicación de viviendas de la Agencia de Vivienda Social (AVS) de la Comunidad de Madrid establece que para que se inicie el proceso de adjudicación de una vivienda de emergencia social, el desahucio de la vivienda se tiene que producir “como consecuencia de una disminución de ingresos y que debe existir un acontecimiento extraordinario sobrevenido”.

afectados por desahucios en Getafe

Sin embargo, la Institución ha recordado que el desahucio “constituye en sí mismo una situación de emergencia social y, aunque comprende que la Administración no puede ofrecer soluciones a todos los casos de desahucios que se dan en la región, sí considera necesario que se redefina en la norma, a fin de salvaguardar los principios generales de protección al menor y a la familia”.

Corresponsal de Noticias para Municipios, Europa Press en la zona Sur de Madrid

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