El Tribunal Supremo valida las medidas de flexibilidad que ofreció Coca Cola a los trabajadores de varias plantas
La aplicación de estas medidas se tradujeron en 262 bajas indemnizadas, 323 prejubilaciones y 327 traslados geográficos
FUENLABRADA / 30 MARZO 2016 / El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación que interpusieron varias secciones sindicales y ha avalado las medidas de flexibilidad interna que dio la empresa Coca Cola Iberian Parnerts a los trabajadores como alternativa al despido a través de un Expediente de Regulación de Empleo (ERE).
La sentencia del Alto Tribunal viene a decir que la empresa no cometió irregularidades con estas medidas en varias plantas antes de la reunificación de éstas, unas medidas que se saldaron con 262 bajas indemnizadas, 323 prejubilaciones y 327 traslados geográficos.
Esta última sentencia viene a ratificar la decisión de la Audiencia, que concluyó que la readmisión de los trabajadores afectados en la planta de Fuenlabrada fue “regular” al mantenerse “milimétricamente” las categorías profesionales, si bien los sindicatos denunciaron que no había línea de producción y que se había vuelto al trabajo manual.
Por su lado, el portavoz del comité de empresa de la factoría de Fuenlabrada, Juan Carlos Asenjo, ha asegurado que el Supremo sólo ha avalado las bajas voluntarias y que, por ello, sigue teniendo validez la readmisión de los 821 trabajadores despedidos de manera unilateral.
No obstante, ha asegurado que hubo presiones y coacciones durante la negociación de estas condiciones.
