El Pleno del Ayuntamiento de Aranjuez ha aprobado, con los votos favorables del PP, PSOE, Ciudadanos, Acipa y Vox, la propuesta presentada por la Delegada de Hacienda, Belén Barcala, para la aprobación inicial de la modificación de Ordenanzas Fiscales y poder adaptarlas a los cambios jurídicos en materia tributaria.
En el caso del IBI, se realiza la modificación del apartado 5º del artículo de la Ordenanza Fiscal del Impuesto de Bienes Inmuebles con el fin de, por un lado, «simplificar el trámite para el contribuyente, cuya bonificación por familia numerosa será automática, y no rogada, prorrogándose con carácter anual mientras se mantengan las circunstancias que dan lugar a la bonificación”.
Por otro, se busca «agilizar la propia gestión de esas bonificaciones de familia numerosa y reducir la carga de trabajo administrativo en la recepción de las solicitudes y en la notificación de las resoluciones en el dpto. de rentas, además de la reducción en el gasto de notificaciones».
Según ha explicado la edil, en el caso del ICIO, procede la modificación porque el pasado 15 de octubre de 2020 se publicó la modificación de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid, y la misma afecta en la determinación del hecho imponible del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras”.
Además, ha añadido que “es la propia norma, dentro de sus disposiciones finales, la que establece la obligatoriedad de la presente modificación normativa, que afectaría a la redacción del artículo 3”.

Cambios jurídicos
Belén Barcala del Pozo ha indicado que «la propuesta viene motivada, por un lado,
porque se está viviendo un momento de bastante cambio en materia jurídico- tributaria, bien por modificaciones normativas o por resoluciones judiciales, por lo que es necesario la adaptación de diversas ordenanzas fiscales municipales a esa nueva situación jurídico-tributaria, y por otro, por tratar de optimizar los recursos existentes en los servicios municipales”.
“La necesaria adaptación afecta a las normas fiscales sobre ICIO, así como las Ordenanzas fiscales reguladoras del IBI, la Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local de las Instalaciones de Transporte de Energía Eléctrica, Gas, Agua e Hidrocarburos y la Tasa por la Prestación del Servicio de Análisis de Polen”, ha resaltado la Delegada de Hacienda.
Respecto a la Tasa de las eléctricas, que fue aprobada el pasado 23 de septiembre de 2020, su modificación viene motivada porque el Tribunal Supremo ha establecido que es «apropiado tener en cuenta un parámetro de intensidad y fijarse varios tipos impositivos en función de dicho parámetro, por lo que procede su adaptación a lo dispuesto en dicha resolución», según la edil.