El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 23 de Madrid ha desestimado el recurso interpuesto por la portavoz del PP de Alcorcón, Ana Gómez, por la sanción que le impuso el Ayuntamiento por no asistir al Pleno del Debate del Estado de la ciudad celebrado en noviembre de 2020.
Según esta resolución judicial, a la que ha tenido acceso Noticias para Municipios, se reitera que es «una obligación esencial de todos los concejales del Ayuntamiento la asistencia a los Plenos de la Corporación» y que «la inasistencia no justificada (…) tendrá la consideración de falta grave, que podrá ser sancionada por el alcalde».
Gómez, al igual que sus otros cinco compañeros del PP y otros dos ediles de Vox, fueron expedientados en marzo de 2021 después de ausentarse de la sesión del debate sobre Estado de la ciudad, ya que entendía que la sesión «no fue convocada en tiempo y forma según determina el Reglamento Orgánico Municipal».
Tanto los concejales del PP como los de Vox justificaron en su momento su ausencia del debate al entender que la convocatoria del mismo «no cumplía los requisitos legales», ya que «el ROM obliga que las comparecencias deben ser registradas y comunicadas con 6 días de antelación, y en esta ocasión la alcaldesa lo hizo sólo con 2 días».
Sin embargo, tras imponer un recurso contencioso-administrativo para evitar la sanción, el Juzgado ha desestimado finalmente las alegaciones de Gómez, subrayando además que «la desestimación del recurso acarrea la imposición de las costas procesales generadas a la parte recurrente».
«La inasistencia de la recurrente a las sesiones plenarias extraordinarias de los días 12 y 13 de noviembre queda acreditada por la certificación emitida por el Secretario General del Pleno y en consecuencia, la infracción imputada es ajustada sin atisbo de desproporcionalidad«, añade la sentencia.

Ajustada a derecho
La alcaldesa, Natalia de Andrés (PSOE), ha señalado en un comunicado que esta sentencia «reitera y avala que la sanción ha sido ajustada a derecho», ya que «ha quedado probada la inasistencia injustificada, así como que la sanción impuesta es legal y proporcionada».
«Se trata de la segunda sentencia recaída en relación con las sanciones impuestas a los concejales que no acudieron de manera injustificada al Pleno«, ha añadido De Andrés, quien ha recordado que existe una primera sentencia que ya confirmaba la sanción impuesta a otro concejal del PP, Antonio Beteta.
Tras la confirmación de la sanción, fuentes del PP han señalado a Noticias para Municipios que los ediles sancionados aún están esperando a que se resuelva el recurso contencioso-administrativo que interpusieron contra la convocatoria del debate del estado del municipio, ya que a su entender «no se cumplieron los plazos legales».
Además, insisten en que, por el momento, «solo se han resuelto los recursos de dos de los seis concejales del PP que recurrieron las sanciones, que fueron pagadas por todos», por lo que aún quedarían cuatro recursos por dilucidar.