El Ayuntamiento recurrirá la sentencia que le obliga a reincorporar a la profesora de la Escuela de Teatro
A mediados del año pasado, el Consistorio ya ganó otro recurso de similares características en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº30 de Madrid
ALCORCÓN/ 28 ENERO 2014/ El Ayuntamiento de Alcorcón ha anunciado que presentará un recurso contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº4 de Madrid que le obliga a reincorporar a la funcionaria interina, profesora en la Escuela de Teatro, reconociendo así “el derecho de la demandante a permanecer en su puesto de trabajo, hasta que se proceda a la cobertura reglamentaria del mismo o, en su caso, su amortización (…)”.
La profesora de la Escuela de Teatro, M.S.R.M., fue cesada de su puesto de funcionaria interina con fecha 31 de diciembre de 2012 “atendiendo a razones debidamente justificadas en el expediente que atienden a la necesaria organización de la estructura administrativa“, argumentan desde el Consistorio. Añaden que el despido es “acorde a las circunstancias económicas sobrevenidas junto con la aplicación de los principios de racionalidad, economía y eficiencia que deben presidir las plantillas de las Administraciones Públicas”.
Desde la Concejalía de Gestión, Función Pública y Régimen Interior se adoptó entonces la decisión del cese de esta profesora por los motivos anteriormente ya citados y desde esta misma Concejalía se ha tomado la decisión de recurrir la sentencia que obliga al Consistorio a la readmisión de dicha trabajadora.
El Ayuntamiento de Alcorcón ya tiene antecedentes de haber ganado un recurso parecido anteriormente. A mediados del año pasado, y en un caso similar, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 30 de Madrid daba la razón al Ayuntamiento en una sentencia que señalaba que “(…) la relación funcionarial del interino es esencialmente temporal y puede finalizar por libre remoción de la Administración en tanto desaparezcan a juicio de la misma las razones de necesidad o urgencia que motivaron el nombramiento, pues dichos funcionarios no gozan del derecho de inamovilidad”, es esto lo que les ha llevado a tomar la misma decisión en este caso.
ARANTXA NARANJO